Seguridad y convivencia

 

Responsable principal del servicio: Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Descripción: Mantener la seguridad pública, promover la convivencia pacífica, controlar el orden público y mantener el acceso a justicia en el territorio afectado. Comprende acciones de protección a la vida, honra y bienes de la población, así como la mediación y atención de conflictividad social, contención a comportamientos no adaptativos, asuntos policiales y de judicialización.

Actividad Responsable
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Secretaría Distrital de Seguridad, convivencia y justicia
Alcaldías Locales
Policía Nacional - MEBOG
Fiscalía General de la Nación
Secretaria de Gobierno
ICBF
Defensoría del Pueblo
Personería de Bogotá
IDIGER
Planear la ejecución del servicio (comprende el desarrollo e implementación del plan de acción de la emergencia).                
Realizar cuantificación y registro de afectación en términos de seguridad y convivencia.          
Asegurar y acordonar la escena                
Levantar acta de tiempo, modo y lugar*.              
Recibir información de la ciudadanía y despachar organismos de emergencia y seguridad.                
Mantener el enlace territorial.              
Verificar estado de cumplimiento de derechos de niñas, niños y adolecentes.                
Adelantar acciones de investigación criminal y judicialización.              
Mediar, prevenir y atender situaciones de conflictividad social.                
Controlar vandalismo y saqueos.              
Implementar aislamientos y cerramientos.              
Vigilar zonas de impacto/operaciones.              
Recomendaciones para la prestación del servicio de respuesta
  • Priorizar la seguridad de los servicios, infraestructura y población crítica (ej.: hospitales, alojamientos, jardines, colegios, comedores, etc..).
  • En caso de desastre el responsable principal del servicio preverá la interlocución sectorial con las entidades que corresponda a nivel nacional.
  • La participación del ICBF es exclusiva para la atención a niños, niñas y adolescentes.
  • El registro* de población y bienes afectados ante eventos de terrorismo, incluye la participación de Defensoría del Pueblo, Personería Distrital, IDIGER y Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia. Las victimas por atentos terroristas deben rendir declaración juramentada ante la Personería de Bogotá, Defensoría del Pueblo o Procuraduría a fin de tramitar la ayuda humanitaria para victimas de hechos diferentes a desplazamiento forzado con la Unidad Administrativa para la Reparación Integral de las Victimas.
  • La intervención del Ejército Nacional será articulada a través de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.
  • En caso de terrorismo la toma de declaración debe ser realizada por el ministerio publico.
Recomendaciones para la planeación de la rehabilitación
  • La Personería de Bogotá y la Alta Consejería para el Derecho de las Victimas, realizaran el enlace pertinente con la Unidad Administrativa para la Reparación Integral de las Victimas, con el fin de validar el registro* y la relación del evento con el conflicto interno.
  • Velar por la funcionalidad de cárceles, centros de acogida, URI’s, CAI’s y comandos de Policía.
  • Mantener la seguridad en sitios críticos.
  • Orientar la realización de mesas técnicas para la participación, ejecución y seguimiento a las acciones requeridas por la comunidad por parte de las entidades.
Recomendaciones para seguridad del personal
  • Dar prevalencia a la autoprotección del personal relacionado con el manejo de la emergencia y gestionar el acompañamiento de las autoridades pertinentes cuando la situación lo amerite.